domingo, 6 de julio de 2008

COMPRAR EN REBAJAS

ADQUIRIR ARTÍCULOS EN PERÍODO DE REBAJAS NO DEBE IMPLICAR UNA REBAJA EN SU CALIDAD NI EN LAS CONDICIONES DE VENTA O GARANTÍA

Comprar en período de rebajas, además, ofrece la posibilidad de adquirir artículos con idéntica calidad y condiciones de compra que si la transacción se realizara cualquier otra temporada. La legislación vigente obliga a los comerciantes a no hacer rebajas en la calidad de sus productos, así como a aceptar el pago con tarjetas de crédito, y ofrecer las mismas garantías y la posibilidad de devoluciones tal y como se realizan con los artículos adquiridos en cualquier otra época del año.
LA CALIDAD Y LOS DERECHOS NO SE REBAJAN

Para no equivocarse y "comprar por comprar", es conveniente haber elaborado días antes de que dé comienzo este período un listado con las necesidades familiares, y tener localizados en los establecimientos los productos que más interesan. Pero lo esencial es no perder de vista que el producto rebajado mantenga intacta su calidad, y recordar que las condiciones de compra y los derechos del consumidor continúan siendo los mismos.
¿Qué es una rebaja? Se considera como tal a la venta de un artículo a un precio inferior al que tenía fijado antes del período de precios bajos. Pero, además, deben cumplir otras normas que todo ciudadano debe conocer para sobrevivir con éxito a las rebajas:
LA CALIDAD Y GARANTÍA

El comprador debe exigir la garantía del producto que adquiera, que es de un mínimo de dos años para todos los productos nuevos.
No se debe aceptar la venta de ningún artículo en mal estado, que presente taras o esté dañado o estropeado, ya que en ese caso no se trata de rebaja, sino de un saldo.
Si el usuario percibe alguna irregularidad, puede defender sus derechos, denunciar la situación y solicitar una hoja de reclamaciones.
Los bienes de naturaleza duradera, como los electrodomésticos, que tengan un certificado de garantía también deberán llevarlo en época de rebajas, en las mismas condiciones que en período normal, y por escrito. El documento de garantía deberá expresar el bien u objeto sobre el que recae, el nombre y dirección del garante (el vendedor), el plazo de duración (como mínimo dos años) y el alcance territorial de la misma.
LAS FACTURAS

Debe pedirse factura o ticket de compra, ya que el comerciante tiene obligación de darlo y es imprescindible en caso de necesitar hacer un cambio o una reclamación.
En el ticket, tal y como señala la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, debe llevar el nombre del producto, la fecha de la compra y el precio, así como el nombre del comercio. Si falta alguno de estos datos, se le puede exigir al comerciante que se lo indique por escrito.
Aceptar el pago con tarjeta de crédito es obligatorio para todos los establecimientos que admiten este modo de venta durante el resto del año, salvo que se indique de forma visible lo contrario, que no supondrá recargo alguno sobre el precio.
LOS CAMBIOS Y LAS DEVOLUCIONES

Los establecimientos no están obligados a realizar devoluciones de productos en buen estado, pero la mayoría sigue esta práctica, que debe continuar en rebajas si se admiten durante el resto del año. Si un comercio no desea aceptarlas en período de rebajas, debe indicarlo expresamente en un lugar visible.
Un artículo puede devolverse cuando presenta defectos de fabricación anteriores a la venta. Además, el cliente no tiene por qué aceptar vales, cheques, ni moneda interna. Si abonó la compra con una tarjeta de débito o de crédito, la devolución se le hará a la tarjeta; si se pagó al contado, el reembolso será también al contado.
Cuando el producto no está defectuoso el comercio no tiene obligación de devolverlo. Algunas tiendas permiten la devolución de productos aunque no presenten defectos de fabricación. Pueden devolver tanto dinero como vales de compra.
Si adquiere un producto antes de la época de rebajas y se quiere devolver cuando ya han comenzado, se le debe abonar el precio que tenía cuando fue comprado, el importe que indique la factura o el ticket de compra, y no el precio de ese artículo ya rebajado.
Si se ha hecho una compra a plazos, se debe incluir una cláusula que posibilite la disolución del contrato de compra dentro de los tres días posteriores a la entrega del artículo.
En la venta a domicilio y en la venta a distancia se dispone de un plazo de 7 días desde la recepción de la mercancía para devolver el producto.
EL ETIQUETADO

El etiquetado debe ser correcto y legible en castellano.
Los productos que sean exhibidos en los escaparates deben llevar los precios.
El etiquetado debe ser doble: deben aparecer tanto el precio rebajado como el anterior de manera clara.
NI SALDOS NI OFERTAS, REBAJAS

La normativa prohíbe vender artículos defectuosos o con taras durante el período de rebajas, a no ser que se especifique detalladamente que se trata de esa modalidad de venta y no de una rebaja. La razón es diferenciar con claridad este período de precios bajos frente a otras prácticas comerciales como pueden ser los saldos, productos que han perdido valor de mercado, por estar deteriorados u obsoletos, siempre que no impliquen riesgo o daño para el consumidor.
También pueden encontrarse artículos a un precio inferior en las liquidaciones, que son ventas de carácter excepcional, producidas como consecuencia de una decisión judicial, la cesación de una actividad, un cambio de ramo, de local, la realización de una obra, etc., para dar salida a todos los productos existentes en el local. Otras modalidades de venta en las que los precios se rebajan son las ofertas o promociones, y tampoco deben confundirse con la rebajas.